Vigente Tierra del Fuego Tránsito Víctima: terceros, de lejos
No podés manejar después de tomar ni una copa de vino
Alcohol cero al volante en Tierra del Fuego
Ley 1.398 de Tierra del Fuego (B.O.P. 04/01/2022), art. 3, que incorpora el art. 6 ter a la Ley 376
- Qué te obliga
- No podés manejar auto, moto ni ciclomotor con una alcoholemia mayor a cero: ni una copa de vino en la cena si después agarrás el auto.
- A quién protege
- Manejar borracho pone en riesgo a terceros; la discusión es si una copa, muy por debajo de 0,5 g/l, daña a alguien o solo castiga al que tomó un vaso.
- Por qué está en la lista
- Fija alcoholemia cero para autos, motos y ciclomotores, sin margen para una copa en la cena.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Texto leído en InfoLey de la Legislatura: sancionada el 20/12/2021, promulgada por D.P. 2821/21; sin modificaciones ni derogación registradas al 02/11/2026. Es anterior a la Ley nacional 27.714.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.