Derogada Nación Comercio Víctima: terceros, de lejos

Para vender tiempo compartido tenés que anotarte en un registro

Registro obligatorio para vender tiempo compartido
Ley 26.356 (2008)

Qué te obliga
Obligaba a quienes vendían tiempo compartido turístico a inscribirse en un registro nacional y a usar un régimen especial de contratos.
A quién protege
Al comprador, si le venden semanas que no puede usar; hoy lo cubre el Código Civil y Comercial.
Por qué está en la lista
Sumaba registro nacional y contratos especiales a lo que hoy cubre el Código Civil y Comercial.
Estado
Derogada el 21 de diciembre de 2023 por Decreto 70/2023 (art. 350)
Nota
La derogación está verificada; el contenido lo describo de memoria.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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