Vigente Nación Comercio Víctima: nadie

Sin el despacho de importación, te decomisan la mercadería y te multan

Comiso si no probás que tu mercadería entró legal
Ley 22.415 (Código Aduanero), art. 987

Qué te obliga
Si tenés mercadería extranjera para vender y no mostrás el despacho que prueba su importación legal, te la decomisan y pagás de 1 a 5 veces su valor.
A quién protege
El fisco; no hay otro tercero dañado. Solo vale la documentación aduanera como prueba.
Por qué está en la lista
Decomiso y multa de 1 a 5 veces el valor si no mostrás el despacho; ninguna otra prueba vale.
Estado
Vigente
Nota
Los arts. 985 y 986 aplican lo mismo a mercadería sin estampillas de impuestos internos o sin los medios de identificación de la Aduana.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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