Vigente Nación Comercio Víctima: nadie
Sin el despacho de importación, te decomisan la mercadería y te multan
Comiso si no probás que tu mercadería entró legal
Ley 22.415 (Código Aduanero), art. 987
- Qué te obliga
- Si tenés mercadería extranjera para vender y no mostrás el despacho que prueba su importación legal, te la decomisan y pagás de 1 a 5 veces su valor.
- A quién protege
- El fisco; no hay otro tercero dañado. Solo vale la documentación aduanera como prueba.
- Por qué está en la lista
- Decomiso y multa de 1 a 5 veces el valor si no mostrás el despacho; ninguna otra prueba vale.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Los arts. 985 y 986 aplican lo mismo a mercadería sin estampillas de impuestos internos o sin los medios de identificación de la Aduana.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.