Vigente Nación Tránsito Víctima: nadie
Para cruzar al Mercosur con un auto ajeno necesitás permiso del dueño
Cruzar al Mercosur con un auto ajeno: autorización del dueño
RG AFIP 1419, Anexo I, punto 3 inc. d (texto RG 5366/2023)
- Qué te obliga
- Para manejar un auto que no es tuyo en otro país del Mercosur necesitás una autorización para conducirlo, además de licencia, título y seguro vigente.
- A quién protege
- Nadie: manejar con permiso del dueño no daña a otro; el papel sirve para descartar que el auto sea robado.
- Por qué está en la lista
- Suma una autorización para conducir a la licencia, el título y el seguro que ya se exigen.
- Estado
- Vigente
- Nota
- La RG 5366/2023 (BO 08/06/2023) no dice quién extiende la autorización; en la práctica se pide firmada ante escribano y, para algunos países, legalizada por el Colegio de Escribanos. Falta la fuente oficial de ese detalle. Los autos de alquiler usan la Autorización para Circulación en el Mercosur que da la empresa.
- Fuentes
- Confianza media: dos medios serios coinciden.