Vigente Nación Comercio Víctima: terceros, de lejos

Vendés comida: necesitás local habilitado y cada producto registrado

Habilitación del local y registro de cada alimento envasado
Código Alimentario Argentino, arts. 13 a 15 y 18; Decreto 697/2026

Qué te obliga
Para elaborar, fraccionar, guardar o vender alimentos necesitás un local habilitado por la autoridad sanitaria y el número de registro de cada producto envasado.
A quién protege
Al consumidor, si compra alimentos hechos en un lugar sin control de higiene.
Por qué está en la lista
Pide habilitar el local y tramitar un registro por cada producto envasado antes de venderlo.
Estado
Vigente
Nota
Desde agosto de 2026 hay un registro nacional único en el SENASA en lugar de los duplicados. La habilitación del local sigue siendo de la autoridad sanitaria del lugar.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

Más de comercio a nivel nacional