Vigente CABA Comercio Víctima: nadie
Si vendés bebidas, tenés que poner un cesto en tu vereda
Cesto en la vereda obligatorio si vendés bebidas (CABA)
Ley 451 de CABA, Régimen de Faltas (2000), Anexo I, punto 1.3.25
- Qué te obliga
- Si tu comercio vende bebidas en envases de plástico, lata o vidrio, tenés que tener un cesto especial en la vereda, junto a la línea del frente.
- A quién protege
- Nadie: el cliente que tira la lata en la calle es el que ensucia, no el kiosco.
- Qué cuesta
- Multa de 10 a 100 UF (5 a 50 litros de nafta premium), más el cesto.
- Por qué está en la lista
- Le carga al kiosco el cesto y una multa chica por la lata que tira el cliente.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.