Vigente CABA Comercio Víctima: nadie
No podés pedir el entierro vos: lo tiene que pedir una funeraria
El entierro lo tiene que pedir una funeraria habilitada
Ley 4.977 de CABA (2014), arts. 2 y 101 (texto consolidado del Digesto, Ley D-4.977)
- Qué te obliga
- Para enterrar en la Ciudad hace falta, además de la partida del Registro Civil, la solicitud de una empresa de servicios fúnebres habilitada o de un hospital público.
- A quién protege
- Nadie: la familia podría hacer el trámite por su cuenta.
- Por qué está en la lista
- Además de la partida, exige la solicitud de una funeraria habilitada o de un hospital público.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.