Por caer Nación Agro Víctima: nadie
Si tu plata viene de afuera, no la podés invertir en producir miel
Prohibido el capital extranjero en la producción de miel
Ley 20.876 (1974)
- Qué te obliga
- Declara la apicultura de interés nacional y prohíbe que entre capital extranjero en la producción apícola.
- A quién protege
- Nadie: que un inversor extranjero produzca miel no daña a terceros.
- Por qué está en la lista
- Cierra toda una actividad productiva a cualquier inversor extranjero, sin daño para terceros.
- Estado
- Por caer: Ley Hojarasca (Exp. 1-PE-2026, en el Senado CD-1/26): media sanción en Diputados el 20/05/2026; dictamen en el Senado (OD 135/26, 17/06/2026) sin votar al 01/11/2026
- Nota
- El Mensaje 21/2026 del PEN (texto oficial en HCDN) confirma que el art. 1 declara de interés nacional la apicultura y el art. 2 prohíbe el capital extranjero, pero dice que esa prohibición «quedó derogada de hecho» al derogarse la Ley 20.557 y que se deroga la ley para dejar claro que esa inversión está permitida. Derogación confirmada en la media sanción (PDF del Senado). Texto de la ley no leído en infoleg (caído en nov. 2026).
- Fuentes
- Confianza media: dos medios serios coinciden.