Vigente Nación Tránsito Víctima: terceros, de lejos

Tenés que llevar matafuegos con la carga al día o te multan

Matafuegos en el auto, con carga vigente
Ley 24.449, art. 40 inc. f (1995); Decreto 779/1995, Anexo 1, art. 29 pto. 6.2 inc. a (texto s/ Decreto 196/2025)

Qué te obliga
Tenés que llevar un matafuegos normalizado (no en motos) y hacerle controlar la carga periódicamente según norma IRAM: la oblea o tarjeta de vencimiento es lo que miran en el control.
A quién protege
Nadie, casi: un incendio de auto rara vez se apaga con 1 kg de polvo y el que más pierde es el dueño. Puede servir a terceros tras un choque.
Por qué está en la lista
Exige matafuegos normalizado y control periódico de la carga; la oblea vencida es lo que miran en el control.
Estado
Vigente
Nota
La ley exige «matafuego» sin detallar; el reglamento (texto 2025) solo pide fabricación y control de carga según normas IRAM o internacionales: no fija capacidad en kg ni plazo. El «vencimiento» es el control de carga del fabricante o recargador.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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