Vigente Nación Tránsito Víctima: terceros, de lejos
Tenés que llevar matafuegos con la carga al día o te multan
Matafuegos en el auto, con carga vigente
Ley 24.449, art. 40 inc. f (1995); Decreto 779/1995, Anexo 1, art. 29 pto. 6.2 inc. a (texto s/ Decreto 196/2025)
- Qué te obliga
- Tenés que llevar un matafuegos normalizado (no en motos) y hacerle controlar la carga periódicamente según norma IRAM: la oblea o tarjeta de vencimiento es lo que miran en el control.
- A quién protege
- Nadie, casi: un incendio de auto rara vez se apaga con 1 kg de polvo y el que más pierde es el dueño. Puede servir a terceros tras un choque.
- Por qué está en la lista
- Exige matafuegos normalizado y control periódico de la carga; la oblea vencida es lo que miran en el control.
- Estado
- Vigente
- Nota
- La ley exige «matafuego» sin detallar; el reglamento (texto 2025) solo pide fabricación y control de carga según normas IRAM o internacionales: no fija capacidad en kg ni plazo. El «vencimiento» es el control de carga del fabricante o recargador.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.