Por caer Nación Comercio Víctima: terceros, de lejos
Para rematar necesitás título universitario, matrícula y una garantía
Título universitario y matrícula para ser martillero
Ley 20.266, arts. 1 a 3
- Qué te obliga
- Para rematar o intermediar como martillero necesitás título universitario, matrícula en tu jurisdicción y dar una garantía real o personal.
- A quién protege
- Al cliente, si un intermediario sin respaldo se queda con su plata; la garantía cubre ese riesgo.
- Por qué está en la lista
- Exige una carrera universitaria, matrícula y garantía para rematar o intermediar como martillero.
- Estado
- Por caer: Proyecto 2586-D-2025 «Ley de Libertad Inmobiliaria» (Alejandro Bongiovanni, publicado el 22/05/2025): sin título ni matrícula obligatoria para intermediar en inmuebles; sin movimientos al 07/10/2026
- Nota
- La misma ley regula a los corredores. El 2586-D-2025 reescribe los arts. 1 y 3, que hoy fijan los requisitos del martillero, para la intermediación sobre inmuebles: alcanza con ser mayor de edad y no tener inhabilidades, sin título universitario, y la matrícula pasa a ser voluntaria y sin límite de jurisdicción (su art. 10 deroga toda norma que la haga obligatoria). Para los remates de otros bienes no verifiqué proyectos.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.