Vigente Nación Tránsito Víctima: nadie
Cada cinco años como máximo tenés que renovar la licencia
Renovar la licencia cada 5 años como máximo
Ley 24.449, art. 13 inc. c (texto s/ Ley 26.363, BO 30/04/2008); Decreto 779/1995, Anexo 1, art. 13 (s/ Decreto 196/2025)
- Qué te obliga
- La ley fija una vigencia máxima de 5 años y hay que renovarla con examen psicofísico. La tarjeta física ya no tiene vencimiento propio: vale mientras valga la digital.
- A quién protege
- Nadie, en lo esencial: repite el trámite a quien ya probó saber manejar; el psicofísico sí protege a terceros.
- Por qué está en la lista
- Obliga a repetir el trámite y el psicofísico cada cinco años a quien ya demostró que sabe manejar.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Decreto 196/2025 (BO 18/03/2025): la licencia «se otorga por única vez» y entre 21 y 65 años «por el máximo que establece la ley», que sigue siendo 5 años (Ley 24.449, art. 13 inc. c). Los medios titularon «licencia sin vencimiento»; lo que no vence es la réplica física.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.