Vigente Nación Tránsito Víctima: terceros, de lejos
Para manejar tenés que tener licencia de esa clase de vehículo
Licencia de conducir para manejar
Ley 24.449, art. 40 inc. a (1995); Decreto 779/1995, Anexo 1, art. 13 (texto s/ Decreto 196/2025)
- Qué te obliga
- Para circular tenés que llevar la licencia habilitante para esa clase de vehículo; desde 2025 es digital en Mi Argentina, con tarjeta física opcional.
- A quién protege
- Terceros: la licencia certifica que sabés manejar y ves bien; sin ella el riesgo es para los demás.
- Por qué está en la lista
- Exige la licencia de la clase de vehículo para circular; desde 2025 es digital y la tarjeta es opcional.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.