Vigente Buenos Aires Salud Víctima: solo vos

Si tenés restaurante, la carta tiene que avisar que la sal hace mal

Advertencia sobre la sal en la carta de restaurantes (provincia de Buenos Aires)
Ley 14.349 de Buenos Aires (2011), arts. 1 y 2

Qué te obliga
Restaurantes y bares deben poner en la carta, visible, la leyenda 'el consumo excesivo de sal es perjudicial para la salud'.
A quién protege
Nadie: la sal la consume quien la elige.
Qué cuesta
Multa de $300 a $5.000 (montos de 2011, nunca actualizados), tras intimación de 15 días hábiles.
Por qué está en la lista
Exige una leyenda sanitaria en cada carta, con multa tras una intimación de 15 días hábiles.
Estado
Vigente
Nota
El número correcto es 14.349 (sancionada el 23/11/2011), no 14.254. No obliga a sacar el salero de la mesa: eso viene de la Ley nacional 26.905. La Hojarasca bonaerense presentada el 29/10/2026 incluye 'normas de etiquetado' pero su lista no es pública; no sé si alcanza a esta.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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