Derogada La Pampa Comercio Víctima: nadie
Tu boliche tiene que cerrar a la 1 o a las 3, o te lo clausuran
Horario de cierre obligatorio para boliches y confiterías (La Pampa)
Ley 1.123 de La Pampa, Régimen de Faltas Provinciales, art. 88 bis
- Qué te obliga
- Si tenés una confitería o discoteca tenés que cerrar a la 1 (o a las 3 viernes, sábados y feriados) de abril a octubre, y a las 2 (o a las 4) de noviembre a marzo.
- A quién protege
- Nadie: la hora de cierre no protege a terceros; el ruido molesto ya tiene su propia falta (art. 83).
- Qué cuesta
- Clausura del local de hasta 20 días.
- Por qué está en la lista
- Clausura de hasta 20 días por abrir después de hora; el ruido molesto ya tiene su propia falta.
- Estado
- Derogada el 17 de mayo de 2019 por Ley 3.151 de La Pampa (Código Contravencional), art. 123
- Nota
- El art. 123 de la Ley 3.151 (sancionada el 11/04/2019, BO N° 3.362 del 17/05/2019) derogó la Ley 1.123 entera. El código nuevo no repite el horario de cierre de confiterías y discotecas. Falta confirmar que ninguna otra ley provincial u ordenanza fije hoy esos horarios.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.