Derogada La Pampa Comercio Víctima: nadie

Tu boliche tiene que cerrar a la 1 o a las 3, o te lo clausuran

Horario de cierre obligatorio para boliches y confiterías (La Pampa)
Ley 1.123 de La Pampa, Régimen de Faltas Provinciales, art. 88 bis

Qué te obliga
Si tenés una confitería o discoteca tenés que cerrar a la 1 (o a las 3 viernes, sábados y feriados) de abril a octubre, y a las 2 (o a las 4) de noviembre a marzo.
A quién protege
Nadie: la hora de cierre no protege a terceros; el ruido molesto ya tiene su propia falta (art. 83).
Qué cuesta
Clausura del local de hasta 20 días.
Por qué está en la lista
Clausura de hasta 20 días por abrir después de hora; el ruido molesto ya tiene su propia falta.
Estado
Derogada el 17 de mayo de 2019 por Ley 3.151 de La Pampa (Código Contravencional), art. 123
Nota
El art. 123 de la Ley 3.151 (sancionada el 11/04/2019, BO N° 3.362 del 17/05/2019) derogó la Ley 1.123 entera. El código nuevo no repite el horario de cierre de confiterías y discotecas. Falta confirmar que ninguna otra ley provincial u ordenanza fije hoy esos horarios.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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