Vigente Mendoza Salud Víctima: terceros

No podés fumar en lugares cerrados donde entra el público

Prohibido fumar en lugares cerrados de acceso público
Ley 8.382 de Mendoza y Decreto 748/2013 (control del tabaco); reglamentación provincial de la Ley nacional 26.687

Qué te obliga
No se puede fumar en espacios cerrados de acceso público; la provincia reglamentó en 2013 la ley nacional de espacios libres de humo.
A quién protege
Protege a terceros: en un ambiente cerrado el humo lo respiran clientes y empleados.
Por qué está en la lista
El dueño del local no puede elegir si permite fumar; alcanza a todos los espacios cerrados de acceso público.
Estado
Vigente
Nota
El comunicado oficial del 31/05/2013 confirma que Mendoza adhirió a la Ley nacional 26.687 más de un año antes y que en 2013 la reglamentó (autoridad: Dirección de Nutrición e Higiene de la Alimentación), pero no da números. No pude confirmar la Ley 8.382 ni el Decreto 748/2013: el SAIJ estaba caído y el B.O. de Mendoza no es accesible.
Fuentes
Confianza baja: un solo medio, o dudamos del número o la fecha.

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