Derogada Nación Comercio Víctima: nadie
Si no probás patrimonio, te retienen la mitad del IVA al cobrar
Factura A con retención parcial
RG AFIP 1575/2003
- Qué te obliga
- Si cumplías los controles pero no acreditabas solvencia, emitías Factura A con retención parcial: te retenían el 50% del IVA y el 3% de Ganancias.
- A quién protege
- Nadie: era un cobro anticipado por no demostrar patrimonio suficiente.
- Por qué está en la lista
- Retención del 50% del IVA y 3% de Ganancias en cada cobro por no acreditar solvencia.
- Estado
- Derogada el 25 de septiembre de 2025 por RG ARCA 5762/2025
- Nota
- Retención del 50% del IVA y 3% de Ganancias según el art. 13 de la RG 1575/2003. La RG 5762/2025 (BO 25/09/2025) la abrogó desde el 01/12/2025: quien cumple los requisitos puede optar por la Factura A «Pago en CBU informada», sin esa retención.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.