Derogada Nación Comercio Víctima: nadie

Si no probás patrimonio, te retienen la mitad del IVA al cobrar

Factura A con retención parcial
RG AFIP 1575/2003

Qué te obliga
Si cumplías los controles pero no acreditabas solvencia, emitías Factura A con retención parcial: te retenían el 50% del IVA y el 3% de Ganancias.
A quién protege
Nadie: era un cobro anticipado por no demostrar patrimonio suficiente.
Por qué está en la lista
Retención del 50% del IVA y 3% de Ganancias en cada cobro por no acreditar solvencia.
Estado
Derogada el 25 de septiembre de 2025 por RG ARCA 5762/2025
Nota
Retención del 50% del IVA y 3% de Ganancias según el art. 13 de la RG 1575/2003. La RG 5762/2025 (BO 25/09/2025) la abrogó desde el 01/12/2025: quien cumple los requisitos puede optar por la Factura A «Pago en CBU informada», sin esa retención.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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