Vigente Nación Comercio Víctima: terceros, de lejos
Si hacés o traés calzado, tenés que etiquetarlo con sus materiales
Etiqueta obligatoria en el calzado
Resolución 465/2018 de la ex Secretaría de Comercio (modificada por Res. 159/2024)
- Qué te obliga
- Si fabricás o importás calzado, tenés que etiquetarlo con los materiales y datos que fija la norma antes de venderlo.
- A quién protege
- Al comprador, si le venden un calzado de materiales distintos de los que cree comprar.
- Por qué está en la lista
- Cada par necesita una etiqueta con los materiales y los datos fijados antes de venderse.
- Estado
- Vigente
- Nota
- La Res. 159/2024 (15/07/2024) sustituyó los arts. 10 bis y 14 y derogó el 11 para simplificar trámites; no vi el detalle de esos artículos.
- Fuentes
- Confianza media: dos medios serios coinciden.