Vigente Nación Comercio Víctima: terceros, de lejos

Si hacés o traés calzado, tenés que etiquetarlo con sus materiales

Etiqueta obligatoria en el calzado
Resolución 465/2018 de la ex Secretaría de Comercio (modificada por Res. 159/2024)

Qué te obliga
Si fabricás o importás calzado, tenés que etiquetarlo con los materiales y datos que fija la norma antes de venderlo.
A quién protege
Al comprador, si le venden un calzado de materiales distintos de los que cree comprar.
Por qué está en la lista
Cada par necesita una etiqueta con los materiales y los datos fijados antes de venderse.
Estado
Vigente
Nota
La Res. 159/2024 (15/07/2024) sustituyó los arts. 10 bis y 14 y derogó el 11 para simplificar trámites; no vi el detalle de esos artículos.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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