Vigente Nación Tránsito Víctima: terceros, de lejos

Sin espejos sanos te pueden retener el auto hasta que lo arregles

Espejos retrovisores
Ley 24.449, art. 30 inc. d (1995)

Qué te obliga
El vehículo tiene que tener un sistema retrovisor amplio, permanente y efectivo; si falta o está roto pueden labrarte acta y retener el auto hasta que lo arregles.
A quién protege
Terceros: ver lo que viene atrás evita cerrarle el paso a otro.
Por qué está en la lista
Un espejo roto o faltante permite labrar acta y retener el auto hasta que lo arregles.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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