Derogada CABA Comercio Víctima: terceros, de lejos

Para fumigar tenés que tener local en la Ciudad y un director técnico

Habilitación y registro de empresas de desinfección (CABA)
Ordenanza 36.352 de la Ciudad de Buenos Aires (1980)

Qué te obliga
Las empresas de desinfección y control de plagas debían tener local en la Ciudad, inscribirse en un registro y tener un director técnico inscripto.
A quién protege
Discutible: buscaba controlar a quienes aplican plaguicidas en casas y comercios.
Por qué está en la lista
Pedía local en la Ciudad, registro y director técnico inscripto para poder fumigar casas y comercios.
Estado
Derogada el 17 de julio de 2026 por Ley 6.962 de CABA (Ley de Hojarasca)
Nota
La ficha del Boletín la marca derogada por la Ley 6.962, pero la descripción de la relación dice '36.532'. No verifiqué si sigue vigente la obligación de los consorcios de desinfectar periódicamente, que no está en esta ordenanza.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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