Vigente Nación Educación Víctima: terceros, de lejos

Con un título del exterior no podés ejercer hasta convalidarlo acá

Convalidar el título universitario extranjero para poder ejercer
Resolución 3720-E/2017 del Ministerio de Educación; Ley 24.521, art. 29 inc. k (reválida)

Qué te obliga
Con un título universitario extranjero tenés que convalidarlo ante el Ministerio (si hay convenio) o revalidarlo en una universidad nacional, apostillado y a veces con examen.
A quién protege
Pacientes o clientes, en profesiones de riesgo como medicina; en las demás, nadie: el empleador puede evaluar al graduado.
Por qué está en la lista
Exige apostilla y trámite ministerial o reválida, a veces con examen, aun en profesiones sin riesgo.
Estado
Vigente
Nota
Leí el texto de la 3720/2017 (BO 10/10/2017); no confirmé si fue modificada después de 2023.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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