Vigente Nación Educación Víctima: nadie
Para abrir un colegio privado necesitás autorización del Estado
Abrir un colegio privado requiere autorización del Estado
Ley 26.206, arts. 62 y 63 (2006)
- Qué te obliga
- Una escuela privada necesita autorización y reconocimiento del ministerio de educación provincial, que además la supervisa y le controla pedagogía, contabilidad y personal.
- A quién protege
- Los alumnos, si la escuela no enseña lo que promete; pero las familias eligen y pagan, y pueden irse.
- Por qué está en la lista
- El ministerio provincial autoriza y además controla la pedagogía, la contabilidad y el personal.
- Estado
- Vigente
- Nota
- El proyecto oficial de «Ley de Libertad Educativa» (difundido en diciembre de 2025) propone reemplazar la Ley 26.206; no confirmé su ingreso formal al Congreso ni el número de expediente.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.