Derogada Nación Comercio Víctima: nadie
Le pagás al profesional a través de su Colegio, no directo
Cobrar los honorarios a través del Colegio profesional
Sistemas de cobro centralizado de honorarios profesionales por entidades públicas o privadas (régimen anterior a 1991)
- Qué te obliga
- Los honorarios de ciertas profesiones se cobraban obligatoriamente a través de una entidad, como el colegio, que los centralizaba antes de pagarle al profesional.
- A quién protege
- Nadie: el cliente y el profesional pueden arreglar el pago directo.
- Por qué está en la lista
- Obliga a cobrar los honorarios por una entidad que los centraliza antes de pagarle al profesional.
- Estado
- Derogada el 1 de noviembre de 1991 por Decreto 2284/1991, art. 9
- Nota
- Vi la prohibición en el art. 9 del Decreto 2284/1991, que aclara que no afecta el cobro de matrícula y cuotas. No identifiqué qué normas concretas imponían el cobro centralizado.
- Fuentes
- Confianza media: dos medios serios coinciden.