Derogada Nación Comercio Víctima: nadie

Le pagás al profesional a través de su Colegio, no directo

Cobrar los honorarios a través del Colegio profesional
Sistemas de cobro centralizado de honorarios profesionales por entidades públicas o privadas (régimen anterior a 1991)

Qué te obliga
Los honorarios de ciertas profesiones se cobraban obligatoriamente a través de una entidad, como el colegio, que los centralizaba antes de pagarle al profesional.
A quién protege
Nadie: el cliente y el profesional pueden arreglar el pago directo.
Por qué está en la lista
Obliga a cobrar los honorarios por una entidad que los centraliza antes de pagarle al profesional.
Estado
Derogada el 1 de noviembre de 1991 por Decreto 2284/1991, art. 9
Nota
Vi la prohibición en el art. 9 del Decreto 2284/1991, que aclara que no afecta el cobro de matrícula y cuotas. No identifiqué qué normas concretas imponían el cobro centralizado.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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