Vigente Nación Agro Víctima: nadie
Si alquilás un campo, no podés subalquilarlo sin permiso del dueño
Campo alquilado: prohibido subarrendar o ceder sin permiso del dueño
Ley 13.246, art. 7 (texto de la Ley 22.298)
- Qué te obliga
- Si arrendás un campo no podés ceder el contrato ni subarrendarlo, salvo conformidad expresa del dueño.
- A quién protege
- Nadie: dueño y arrendatario podrían pactarlo libremente; la ley fija la regla por ellos.
- Por qué está en la lista
- Fija una regla que dueño y arrendatario podrían pactar solos; con el sí expreso del dueño, se puede.
- Estado
- Vigente
- Nota
- El anteproyecto de desregulación de 349 artículos (jul. 2026) deroga entera la Ley 13.246 y la 14.432 (iProfesional, El Litoral); al 01/11/2026 no ingresó al Congreso. Texto del art. 7 sustituido por la Ley 22.298 (BO 09/10/1980).
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.