Vigente Buenos Aires Trabajo Víctima: nadie

Para ser abogado en la Provincia pagás la cuota anual del Colegio

Matrícula y cuota anual del Colegio para ser abogado en la Provincia
Ley 5177 de Buenos Aires, arts. 1 inc. 2 y 53 (t.o. Decreto 2885/2001)

Qué te obliga
Para ejercer de abogado en la Provincia tenés que inscribirte en el Colegio de Abogados de tu departamento judicial y pagar la cuota anual que fija el Colegio.
A quién protege
Discutido: el título ya lo da la universidad; la matrícula ordena el control ético, pero la cuota obligatoria no protege a nadie por sí sola.
Por qué está en la lista
Exige inscribirse en el Colegio del departamento judicial y pagar la cuota anual que el propio Colegio fija.
Estado
Vigente
Nota
Falta el monto de la cuota 2026, que fija el Consejo Superior del Colegio de la Provincia.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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