Vigente Nación Salud Víctima: terceros, de lejos

Si le vendés alcohol a un menor, te multan o te cierran el local

Prohibida la venta de alcohol a menores de 18
Ley 24.788, arts. 1 y 14 (1997); Decreto 149/2009

Qué te obliga
Ningún comercio del país puede vender bebidas alcohólicas a menores de 18; la multa va de $500 a $10.000 (valores de 1997) o clausura de 10 días, hasta 180 si reincide.
A quién protege
Los menores de 18, a quienes la ley considera no aptos para decidir; para un adulto, ninguna.
Por qué está en la lista
Multa o clausura de 10 días, y de hasta 180 si el comercio reincide.
Estado
Vigente
Nota
Sancionada el 05/03/1997, promulgada de hecho el 31/03/1997. Los horarios de venta nocturna (por ejemplo de 23 a 8) no son nacionales: los fijan las provincias.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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