Vigente Nación Salud Víctima: solo vos

Solo podés comprar un plan parcial de dientes, emergencias o local

Prepagas: prohibido vender planes parciales salvo tres excepciones
Ley 26.682, art. 7, segundo párrafo (2011)

Qué te obliga
Solo se pueden vender planes de cobertura parcial de odontología, de emergencias y traslados, o de prepagas de una sola localidad con menos de 5.000 socios.
A quién protege
Nadie: quien compra un plan solo de consultas o solo de internación sabe lo que contrata; la prohibición deja afuera opciones más baratas.
Por qué está en la lista
Deja afuera planes más baratos solo de consultas o de internación, aunque el socio sepa lo que contrata.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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