Vigente Nación Impuestos Víctima: nadie
Pagás 3 % de «tasa de estadística» por casi todo lo que importás
Tasa de estadística del 3 % en cada importación
Ley 27.541, art. 49 (texto según Ley 27.591), prorrogada por Decretos 901/2021 y 1140/2024
- Qué te obliga
- Sobre el valor de casi todo lo que importás pagás una «tasa de estadística» del 3 %, aunque no recibas ningún servicio a cambio.
- A quién protege
- Nadie: es un recargo fiscal; no protege a terceros.
- Qué cuesta
- 3 % del valor en aduana, con topes por operación (USD 180 si la base es de hasta USD 10.000; hasta USD 150.000 en las mayores); vigente hasta el 31/12/2027 (Decreto 1140/2024)
- Por qué está en la lista
- Un 3 % sobre el valor de casi cada importación, sin ningún servicio a cambio, prorrogado hasta fines de 2027.
- Estado
- Vigente
- Nota
- La tasa está en el art. 49 de la Ley 27.541, no en el 52 (que trata derechos de exportación). Decreto 1140/2024: BO 31/12/2024, rige desde el 01/01/2025; exime lo originario del Mercosur y lo amparado por acuerdos preferenciales. El 22/09/2026 el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 12 (Storm Control SA) declaró inconstitucionales los Decretos 901/2021 y 1140/2024 solo para ese importador. La exención del courier de hasta USD 400 (Decreto 1065/2024) no la verifiqué.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.