Vigente Nación Impuestos Víctima: nadie

Pagás 3 % de «tasa de estadística» por casi todo lo que importás

Tasa de estadística del 3 % en cada importación
Ley 27.541, art. 49 (texto según Ley 27.591), prorrogada por Decretos 901/2021 y 1140/2024

Qué te obliga
Sobre el valor de casi todo lo que importás pagás una «tasa de estadística» del 3 %, aunque no recibas ningún servicio a cambio.
A quién protege
Nadie: es un recargo fiscal; no protege a terceros.
Qué cuesta
3 % del valor en aduana, con topes por operación (USD 180 si la base es de hasta USD 10.000; hasta USD 150.000 en las mayores); vigente hasta el 31/12/2027 (Decreto 1140/2024)
Por qué está en la lista
Un 3 % sobre el valor de casi cada importación, sin ningún servicio a cambio, prorrogado hasta fines de 2027.
Estado
Vigente
Nota
La tasa está en el art. 49 de la Ley 27.541, no en el 52 (que trata derechos de exportación). Decreto 1140/2024: BO 31/12/2024, rige desde el 01/01/2025; exime lo originario del Mercosur y lo amparado por acuerdos preferenciales. El 22/09/2026 el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 12 (Storm Control SA) declaró inconstitucionales los Decretos 901/2021 y 1140/2024 solo para ese importador. La exención del courier de hasta USD 400 (Decreto 1065/2024) no la verifiqué.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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