Vigente Nación Impuestos Víctima: nadie

Un inspector te puede cerrar el local en el momento

Clausura preventiva en el acto
Ley 11.683, art. 35 inc. f

Qué te obliga
Un inspector puede clausurar tu local en el momento si constata dos o más faltas del art. 40 y hay grave perjuicio o antecedentes en los últimos 2 años.
A quién protege
Nadie: es una sanción anticipada, antes de que un juez la revise.
Por qué está en la lista
El inspector clausura en el acto, antes de que un juez revise la sanción.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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