Vigente Buenos Aires Impuestos Víctima: nadie
Para heredar en la Provincia pagás 2,2 % de todo lo heredado
Tasa de justicia del 2,2 % para heredar en la Provincia
Ley Impositiva 15.558 de Buenos Aires (2026), art. 68 inc. i; Código Fiscal (Ley 10.397)
- Qué te obliga
- Cada juicio sucesorio en los tribunales bonaerenses paga una tasa de justicia del 22 por mil sobre el valor de lo que se hereda.
- A quién protege
- Nadie: heredar no daña a terceros; la tasa grava un trámite que la ley vuelve obligatorio.
- Qué cuesta
- 2,2 % del acervo (Ley Impositiva 2026).
- Por qué está en la lista
- Tasa de justicia del 22 por mil sobre todo el acervo, en un juicio que la ley vuelve obligatorio.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Es aparte del impuesto a la herencia bonaerense (Ley 14.044), que ya tiene su propia entrada.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.