Vigente Santa Cruz Impuestos Víctima: nadie

Pagás 3% de todo lo que facturás, ganes o pierdas plata

Ingresos Brutos del 3% a cualquier actividad no listada (Santa Cruz)
Ley Impositiva 3.485 de Santa Cruz, art. 5 y Anexo I

Qué te obliga
Toda actividad que no figure en el Anexo I paga Ingresos Brutos del 3% sobre lo facturado, gane o pierda plata; los boliches y albergues pagan además mínimos mensuales.
A quién protege
Nadie: trabajar o vender no daña a nadie; el impuesto se cobra sobre lo facturado y se traslada al precio.
Qué cuesta
3% de la facturación bruta (alícuota general, texto de ASIP consultado el 02/11/2026).
Por qué está en la lista
Cobra 3% de lo facturado aunque el negocio pierda plata, a toda actividad que no esté en el anexo.
Estado
Vigente
Nota
No leí el Anexo I con las alícuotas por actividad. El art. 6 suma 0,5% a las empresas con sede fuera de Santa Cruz, pero el PDF marca una derogación por la Ley 3.596 justo después y no queda claro si alcanza a ese recargo.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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