Vigente San Luis Cultura Víctima: solo vos
No podés estar desnudo donde alguien te pueda ver sin querer
Nudismo que alguien pueda ver sin querer (San Luis)
Ley VI-0702-2009 de San Luis, Código Contravencional, art. 50
- Qué te obliga
- No podés estar desnudo de manera que otra persona pueda verte 'involuntariamente', por ejemplo en una pileta o un patio a la vista.
- A quién protege
- Nadie: un cuerpo desnudo no daña a quien lo ve; puede incomodar, pero no hay daño concreto.
- Qué cuesta
- Trabajo comunitario de 1 a 15 días o multa de 200 a 260 Unidades de Multa.
- Por qué está en la lista
- Hasta 15 días de trabajo comunitario o multa por estar desnudo en una pileta o un patio a la vista.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Texto confirmado en el texto ordenado oficial del digesto de la Legislatura (Ley VI-0702-2009, sancionada el 16/12/2009, BO 11/01/2010). Las reformas posteriores (IV-0962-2016, VI-1000-2018 y VI-1184-2025) no tocan este artículo; la VI-1184-2025 fija la Unidad de Multa en el litro de nafta de menor octanaje.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.