Vigente La Rioja Cultura Víctima: solo vos
No podés jugar a las cartas en un bar de 2 a 8 de la mañana
Jugar a las cartas en un bar de 2 a 8 de la mañana (La Rioja)
Decreto Ley 4.245 de La Rioja, Código de Faltas (1983), art. 41 incs. a y b
- Qué te obliga
- No podés jugar a los naipes, dados u otro juego en bares o despachos de bebidas entre las 2 y las 8; el dueño que lo permite tiene el doble de pena.
- A quién protege
- Nadie: un truco de madrugada entre adultos no daña a nadie.
- Qué cuesta
- Hasta 10 unidades de multa o 10 días de arresto para el jugador; hasta 20 para el dueño del bar.
- Por qué está en la lista
- Hasta 10 días de arresto al jugador y 20 al dueño del bar por un juego de naipes de madrugada.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Vigencia del Decreto Ley 4.245 discutida: derogado en el papel por las leyes 7.062 (2000) y 9.679 (2014), que no entraron en vigencia según Pensamiento Penal (2017).
- Fuentes
- Confianza media: dos medios serios coinciden.