Vigente San Luis Comercio Víctima: nadie

No podés organizar una rifa o apuestas sin permiso del Estado

Organizar rifas, apuestas o juegos sin permiso (San Luis)
Ley VI-0702-2009 de San Luis, Código Contravencional, arts. 83 y 84

Qué te obliga
No podés organizar, explotar, promover ni ofrecer sorteos, apuestas o juegos de azar con premios, por cualquier medio, incluso online, sin autorización estatal.
A quién protege
Nadie, si los que apuestan son adultos que saben lo que hacen; si hay engaño, eso es estafa y ya es delito.
Qué cuesta
Organizar o explotar: multa de 1.000 a 3.000 Unidades de Multa o arresto de 3 a 5 días (art. 83); promover u ofrecer: multa de 500 a 1.000 UM (art. 84).
Por qué está en la lista
Arresto de 3 a 5 días o multa de hasta 3.000 litros de nafta por organizar un sorteo sin permiso.
Estado
Vigente
Nota
Texto confirmado en el texto ordenado oficial del digesto de la Legislatura (Ley VI-0702-2009, sancionada el 16/12/2009, BO 11/01/2010). Las reformas posteriores (IV-0962-2016, VI-1000-2018 y VI-1184-2025) no tocan estos artículos; la VI-1184-2025 fija la Unidad de Multa en el litro de nafta de menor octanaje. Desde la Ley VI-1000-2018 (art. 17) el arresto es excepcional: solo procede si no cumplís la multa o el trabajo impuesto.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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