Vigente Nación Impuestos Víctima: nadie

Al pagarle a un proveedor, tenés que retenerle Ganancias para el fisco

Retener Ganancias a tus proveedores
RG AFIP 830 y modificatorias

Qué te obliga
Si estás inscripto en Ganancias y le pagás a un proveedor (bienes, servicios, alquileres, honorarios), tenés que retenerle Ganancias y depositarla en ARCA.
A quién protege
Nadie: el comercio trabaja gratis de cobrador del fisco; si no retiene, responde con su propio bolsillo.
Qué cuesta
Tiempo administrativo y responsabilidad solidaria por lo no retenido; los mínimos no sujetos a retención están desactualizados (reclamo de consejos profesionales, 2026).
Por qué está en la lista
Retener y depositar en cada pago lleva tiempo, y si no retenés pagás vos lo que faltó.
Estado
Vigente
Nota
La RG 5822/2026 excluyó los intereses de depósitos en moneda extranjera de personas humanas (desde 10/02/2026).
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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