Vigente CABA Trámites Víctima: nadie
Si tu perro es de una raza de la lista, necesitás permiso y registro
Inscribir a tu perro de raza «peligrosa» en un registro (CABA)
Ley 4.078 de CABA, arts. 3, 4 y 6 inc. a) (BO 27/01/2012)
- Qué te obliga
- Si tenés un pit bull, dogo, rottweiler, ovejero alemán u otra de las 17 razas de la lista (o un cruce parecido), tenés que pedir permiso e inscribirlo antes de que cumpla 3 meses.
- A quién protege
- Nadie, mientras el perro no muerda: el registro castiga la raza y no la conducta; el que sufre un ataque es un tercero, pero eso ya lo cubre la responsabilidad civil.
- Qué cuesta
- Multa por no cumplir: 500 a 2.000 unidades fijas del Código de Faltas porteño (art. 10); la reincidencia se paga al doble del máximo y pueden secuestrar al perro.
- Por qué está en la lista
- Exige permiso por la raza y no por la conducta, con multa doble al reincidente y secuestro del perro.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Sancionada el 01/12/2011, promulgada el 13/01/2012. Según medios, recién se reglamentó en 2021 con la Resolución 93-APRA/21, que pide foto, microchip, antirrábica vigente y póliza; esa resolución no la vi.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.