Vigente CABA Vivienda Víctima: nadie

Si alquilás por días, tenés que anotar los datos de cada huésped

Registrar a cada huésped del alquiler temporario (CABA)
Ley 6.255 de CABA (2019), art. 14 inc. 2

Qué te obliga
Anotar los datos de cada huésped y las fechas de su estadía, y guardarlos el plazo que fije la autoridad.
A quién protege
Nadie: no anotar al huésped no daña a terceros; es información para control y seguridad.
Por qué está en la lista
Cada estadía obliga a anotar y guardar los datos del huésped para el control oficial.
Estado
Vigente
Nota
Texto actualizado leído en el Boletín porteño: art. 14 inc. 2, registrar a cada huésped y su período de alojamiento, y conservarlo el plazo que fije la autoridad. El inc. 1 obliga a notificar al consorcio, y la actividad no debe estar prohibida por el reglamento de copropiedad.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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