Vigente Nación Salud Víctima: solo vos
Tu prepaga no te puede hacer esperar para lo que cubre el mínimo
Prepagas: sin período de espera para lo que cubre el PMO
Ley 26.682, art. 10 (2011)
- Qué te obliga
- El contrato de una prepaga no puede tener períodos de carencia o espera para ninguna prestación incluida en el Programa Médico Obligatorio.
- A quién protege
- Nadie en forma directa: impide acordar un plan más barato con espera; el costo de quien se asocia recién cuando lo necesita lo pagan los demás socios.
- Por qué está en la lista
- Impide pactar un plan más barato con espera; el que se asocia recién al necesitarlo lo pagan los demás.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.