Vigente Nación Salud Víctima: nadie
Si tu prepaga recibe aportes de sueldo, paga al Fondo Solidario
Prepagas que reciben aportes deben aportar al Fondo Solidario
Ley 26.682, art. 23 (texto según Decreto 600/2024, B.O. 10/07/2024)
- Qué te obliga
- La prepaga que recibe aportes de sueldo como agente del seguro tiene que hacer el aporte al Fondo Solidario de Redistribución, igual que una obra social.
- A quién protege
- Nadie en forma directa: es una transferencia de los aportes de unos afiliados a otras obras sociales.
- Por qué está en la lista
- Impone un aporte permanente sobre los aportes que recibe, que se transfiere a otras obras sociales.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Rige desde el primer día del mes siguiente a la publicación (1/08/2024). Los planes voluntarios pagados de bolsillo no aportan al fondo.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.