Vigente CABA Vivienda Víctima: terceros, de lejos
Para construir, ampliar o demoler necesitás permiso y plano registrado
Permiso de obra para construir, ampliar o demoler (CABA)
Código de Edificación de CABA, Ley 6.100, art. 2.1 (texto de la Ley 6.438); Reglamento Técnico RT-020119-010400-00, v. 5 (ago. 2026)
- Qué te obliga
- Toda obra nueva, ampliación, modificación o demolición necesita permiso de obra con plano registrado, y no se puede empezar hasta dar el alta y declarar el inicio.
- A quién protege
- Terceros, en parte: una obra mal hecha puede dañar a linderos y peatones; en una reforma interior el riesgo es casi solo tuyo.
- Por qué está en la lista
- Toda obra nueva, ampliación o demolición requiere permiso con plano registrado y alta antes de empezar.
- Estado
- Vigente
- Nota
- El permiso se paga además con la tasa de verificación de obra por m² (ver la entrada tasa-verificacion-de-obra-caba).
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.