Vigente Nación Impuestos Víctima: nadie

Si no acreditás tu condición fiscal, pagás IVA extra al comprar

IVA extra por comprar sin acreditar tu condición
RG AFIP 2126/2006 y modificatorias

Qué te obliga
Si comprás sin acreditar que sos inscripto, exento o monotributista, el vendedor te cobra una percepción de IVA adicional como sujeto no categorizado.
A quién protege
Nadie: castiga no haber informado tu condición fiscal, sin daño a terceros.
Por qué está en la lista
Percepción adicional de IVA en la compra, que se evita acreditando la condición fiscal ante el vendedor.
Estado
Vigente
Nota
RG 2126/2006, BO 14/09/2006, vigente. El texto original fija 10,5% en general, 13,5% para luz, gas y agua y 5,25% en bienes con alícuota reducida; no se confirmó si siguen iguales. Desde el 01/07/2025 (RG 5710/2025, BO 10/06/2025) los supermercados, hipermercados, minimercados y mayoristas de alimentos pueden tratar como consumidor final compras de hasta $10.000.000; la RG 5738/2025 y la 5750/2025 la modificaron después.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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