Vigente Buenos Aires Cultura Víctima: nadie

Te multan por decir o dibujar algo «obsceno» en público

Multa por una palabra o un dibujo «obsceno» en público (provincia de Buenos Aires)
Decreto-Ley 8.031/1973 de Buenos Aires, Código de Faltas, art. 70

Qué te obliga
Te prohíbe ofender «la decencia pública» con un acto, palabra, dibujo o inscripción «torpe u obscena»; se duplica si es contra religiosos, ancianos, mujeres o niños.
A quién protege
Nadie en forma concreta: «la decencia pública» no es una persona; el acoso ya tiene su propia figura.
Qué cuesta
Multa del 15% al 40% del sueldo mensual de un agente de la Policía bonaerense (el doble en los casos agravados).
Por qué está en la lista
Multa de hasta el 40% de un sueldo policial por una palabra o un dibujo, con la «decencia pública» como única vara.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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