Vigente Córdoba (Córdoba) Comercio Víctima: nadie

Tu carta y un cartel tienen que avisar que mucha sal hace mal

Leyenda obligatoria sobre la sal en la carta (ciudad de Córdoba)
Ordenanza 12.176 de Córdoba capital, art. 4 (sancionada el 25/04/2013)

Qué te obliga
Los locales gastronómicos tienen que poner en la carta y en un cartel visible en el local «El consumo excesivo de sal es perjudicial para la salud. Ordenanza N° 12.176».
A quién protege
Nadie: es un aviso sobre un riesgo propio del que come.
Qué cuesta
Multa de un sueldo básico de peón gastronómico la primera vez, dos la segunda y clausura de al menos 7 días desde la tercera (art. 6).
Por qué está en la lista
Leyenda en cada carta y cartel en el local, con la misma multa y clausura que los saleros.
Estado
Vigente
Nota
Misma ordenanza que la de los saleros: promulgada por Decreto 1.558/2013 y publicada en el Boletín Municipal 3.175 del 17/05/2013; el digesto no le registra modificaciones.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

Más de comercio en Córdoba