Vigente Córdoba Comercio Víctima: nadie

Con casa de apuestas, no prestás plata y tus bonos tienen tope

Casas de apuestas: bonos limitados y prohibido prestar plata (Córdoba)
Ley 10.793 de Córdoba, art. 8 inc. i (texto según Ley 10.986, BO 17/10/2024)

Qué te obliga
Con licencia de juego online en Córdoba no podés prestar plata a jugadores, los bonos no pueden pasar el 15 % de tu utilidad bruta y el 10 % de tu publicidad va a prevención.
A quién protege
Nadie en forma directa: un bono o un crédito no obliga a apostar; la norma busca frenar el juego compulsivo.
Por qué está en la lista
Prohíbe el crédito, topea los bonos al 15 % de la utilidad y manda el 10 % de la publicidad a prevención.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

Más de comercio en Córdoba