Derogada Nación Impuestos Víctima: nadie
Si pagás tecnología del exterior, inscribís el contrato para deducirlo
Inscripción burocrática de contratos de transferencia de tecnología
Resolución INPI 328/2005
- Qué te obliga
- Para deducir de Ganancias los pagos por tecnología del exterior tenías que inscribir el contrato en el INPI con exigencias que excedían su competencia y demoraban el certificado.
- A quién protege
- Nadie: el registro es informativo y facultativo; el control fiscal lo hace ARCA.
- Por qué está en la lista
- Sin inscripción no se deducía de Ganancias, y el organismo pedía requisitos fuera de su competencia y demoraba.
- Estado
- Derogada el 2 de febrero de 2026 por Resolución 38/2026 del INPI
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.