Derogada Nación Impuestos Víctima: nadie

Si pagás tecnología del exterior, inscribís el contrato para deducirlo

Inscripción burocrática de contratos de transferencia de tecnología
Resolución INPI 328/2005

Qué te obliga
Para deducir de Ganancias los pagos por tecnología del exterior tenías que inscribir el contrato en el INPI con exigencias que excedían su competencia y demoraban el certificado.
A quién protege
Nadie: el registro es informativo y facultativo; el control fiscal lo hace ARCA.
Por qué está en la lista
Sin inscripción no se deducía de Ganancias, y el organismo pedía requisitos fuera de su competencia y demoraba.
Estado
Derogada el 2 de febrero de 2026 por Resolución 38/2026 del INPI
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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