Vigente Nación Impuestos Víctima: nadie

Si vendés celulares, teles o aires no fueguinos, pagás impuesto extra

Impuestos internos a celulares, televisores y aires
Ley de Impuestos Internos (t.o. 1979), art. 70; alícuota fijada por Decreto 333/2025, art. 3

Qué te obliga
Si importás o vendés celulares, monitores, televisores o aires acondicionados no fueguinos, pagás un impuesto interno sobre el precio.
A quién protege
Nadie: es un recargo que protege la producción de Tierra del Fuego, sin tercero dañado.
Qué cuesta
9,5 % (antes 19 %) desde el 21/05/2025 hasta el 31/12/2038; 0 % para lo fabricado por empresas del régimen de la Ley 19.640 (Tierra del Fuego)
Por qué está en la lista
Un 9,5 % sobre el precio hasta 2038, que no paga lo fabricado en Tierra del Fuego.
Estado
Vigente
Nota
El art. 3 del Decreto 333/2025 abarca celulares, aires acondicionados de hasta 6.000 frigorías, monitores policromáticos y televisores (8528.71/72). El decreto no cita la Ley 24.674 sino la Ley de Impuestos Internos t.o. 1979.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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