Vigente Nación Impuestos Víctima: nadie
Si volvés de viaje, lo que traés por encima de USD 500 paga impuesto
Franquicia de equipaje: USD 500 por avión, USD 300 por tierra
Resolución General AFIP 4331/2018 (Decisión CMC 3/2018) y RG AFIP 4361/2018
- Qué te obliga
- Si volvés del exterior, lo nuevo que traés para vos entra sin tributos hasta USD 500 por avión o barco y USD 300 por tierra; lo que exceda paga.
- A quién protege
- Nadie: traer compras para uso propio no daña a terceros.
- Qué cuesta
- Excedente: 50 % del valor según la prensa; menores de 16 años, mitad de franquicia; free shop de llegada: USD 500 aparte (2025-2026)
- Por qué está en la lista
- Pasada la franquicia de USD 500 (300 por tierra), lo nuevo para uso propio paga, según la prensa, 50 %.
- Estado
- Vigente
- Nota
- No encontré cambios de montos de ARCA en 2024-2026. El 50 % del excedente y el free shop salen de prensa, no del texto de la norma.
- Fuentes
- Confianza media: dos medios serios coinciden.