Derogada Nación Impuestos Víctima: nadie

Si comprás o vendés un barco o una máquina, lo declarás a la AFIP

Declarar a la AFIP la compra o venta de barcos y maquinaria
RG AFIP 2762 y art. 1 de la RG AFIP 4551

Qué te obliga
Al comprar, vender o gravar embarcaciones o maquinaria autopropulsada había que declarar la titularidad y la transferencia ante la AFIP.
A quién protege
Nadie: comprar un bote o una máquina no daña a terceros.
Por qué está en la lista
Pedía declarar cada compra, venta o gravamen de embarcaciones y maquinaria autopropulsada.
Estado
Derogada el 31 de julio de 2025 por RG ARCA 5732/2025
Nota
Leí el BO: la RG 5732 (firmada el 29/07/2025, BO 31/07/2025) abroga la RG 2762 y deroga el art. 1 de la RG 4551, y rige desde su publicación. Según sus considerandos, el régimen reglamentaba el art. 103 de la Ley 11.683: el registro no inscribía la operación sin el certificado de que el vendedor había declarado el bien. No leí el texto de la RG 2762.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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