Vigente CABA Trámites Víctima: terceros
Si debés alimentos, solo te dan licencia de conducir por 60 días
Deudor de alimentos: sin licencia de conducir definitiva (CABA)
Ley 269 de CABA (1999), texto según Ley 6.771 (BO 21/01/2025), arts. 4 inc. c y 6
- Qué te obliga
- Si estás en el registro de deudores alimentarios, la Ciudad solo te da una licencia de conducir provisoria por 60 días hasta que saldes la deuda.
- A quién protege
- Hay víctima: los hijos que no cobran su cuota; lo discutible es usar la licencia como presión.
- Por qué está en la lista
- La licencia queda provisoria por 60 días hasta saldar la deuda, sin relación con cómo manejás.
- Estado
- Vigente
- Nota
- La inscripción y la baja solo las ordena un juez. También impide planes de pago con la Ciudad, cargos jerárquicos y viviendas sociales (art. 4).
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.