Vigente CABA Trámites Víctima: terceros

Si debés alimentos, solo te dan licencia de conducir por 60 días

Deudor de alimentos: sin licencia de conducir definitiva (CABA)
Ley 269 de CABA (1999), texto según Ley 6.771 (BO 21/01/2025), arts. 4 inc. c y 6

Qué te obliga
Si estás en el registro de deudores alimentarios, la Ciudad solo te da una licencia de conducir provisoria por 60 días hasta que saldes la deuda.
A quién protege
Hay víctima: los hijos que no cobran su cuota; lo discutible es usar la licencia como presión.
Por qué está en la lista
La licencia queda provisoria por 60 días hasta saldar la deuda, sin relación con cómo manejás.
Estado
Vigente
Nota
La inscripción y la baja solo las ordena un juez. También impide planes de pago con la Ciudad, cargos jerárquicos y viviendas sociales (art. 4).
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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