Vigente Córdoba Otros Víctima: nadie
Te pueden arrestar por decir malas palabras o hacer gestos en la calle
Sanción por palabras o gestos «indecentes» en público (Córdoba)
Ley 10.326 de Córdoba (Código de Convivencia Ciudadana), art. 52
- Qué te obliga
- Te sancionan por decir palabras o hacer gestos «contrarios a la decencia pública» en la calle o en lugares públicos; las expresiones sobre asuntos públicos quedan afuera.
- A quién protege
- Nadie: la ofensa es subjetiva y no hay un daño concreto a una persona.
- Qué cuesta
- Hasta 3 días de trabajo comunitario, multa de hasta 6 UM o arresto de hasta 3 días; el doble en actos cívicos, religiosos o patrios
- Por qué está en la lista
- Hasta 3 días de arresto por palabras o gestos contra la decencia pública, sin daño a una persona.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Texto leído en el Boletín Oficial de Córdoba del 28/03/2016. Reformas a la Ley 10.326 hasta oct. 2026 revisadas en la Legislatura (10.703, 10.859, 10.907, 11.097, 11.117): ninguna toca este artículo.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.