Derogada Nación Impuestos Víctima: nadie

Lo que pasa la franquicia en un envío por correo paga 50 %

Tasa única del 50 % en compras por correo
Decreto 161/1999, art. 8

Qué te obliga
Lo que excedía la franquicia en un envío postal pagaba una alícuota unificada del 50 % de su valor.
A quién protege
Nadie: es un recargo fiscal sin tercero dañado.
Por qué está en la lista
Todo lo que excedía la franquicia postal pagaba una alícuota única del 50 % de su valor.
Estado
Derogada el 17 de julio de 2026 por Decreto 604/2026
Nota
El excedente ahora paga los tributos del régimen general de importación para consumo.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

Más de impuestos a nivel nacional